Este problema ha sido consultado con la NHTSA en más de una ocasión y su respuesta es que si la lámpara que se está reemplazando contiene un reflector rojo de reflexión y la lámpara de reemplazo no contiene un reflector o el reflector es claro, entonces la lámpara no cumple con FMVSS-108. Esto se debe a que la norma 108 requiere que un vehículo tenga dos reflectores rojos de reflexión en la parte trasera del vehículo (menos de 80 pulgadas de ancho).
La NHTSA también declaró que no están al tanto de ninguna bombilla incandescente roja que cumpla con los requisitos de color de la norma 108, por lo tanto, esas lámparas con lentes claras y bombillas incandescentes rojas no cumplirían con la norma.
Sin embargo, las lámparas LED rojas de freno, traseras y de señal de giro sí cumplen con los requisitos de color de la norma 108 y, por lo tanto, son conformes con la norma 108 cuando se utiliza una lente clara, siempre que la lámpara de reemplazo no elimine ningún equipo requerido, como un reflector de reflexión.
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