NOTA IMPORTANTE: Cada lámpara, reflector y tratamiento de visibilidad (dispositivo) debe estar permanentemente fijado en la ubicación especificada a continuación y debe cumplir con todos los requisitos aplicables prescritos por FMVSS/CMVSS 108. La cara de cualquier dispositivo en el frente/parte trasera y los lados debe estar, respectivamente, perpendicular y paralela a la línea central del vehículo, a menos que esté certificado fotométricamente en el ángulo de instalación. Ninguna parte del vehículo deberá impedir que cualquier dispositivo cumpla con sus requisitos prescritos, a menos que se instale un dispositivo auxiliar que cumpla con todos los requisitos prescritos. EN CANADÁ: Los fabricantes e importadores de vehículos deben tener los registros de pruebas de certificación adecuados que demuestren el cumplimiento de los componentes de iluminación con todos los requisitos prescritos.
This table summarizes lighting equipment requirements contained in Federal/Canada Motor Vehicle Safety Standard 108. For complete compliance requirements consult Title 49 - Code of Federal Regulations-Section 571.108 (USA) or Section 108 of the Motor Vehicle Safety Regulations (Canada).